¿Cómo tramita la pensión del SOVI?
La Seguridad Social nos expone brevemente ¿Cómo tramita la pensión del SOVI?.
¿Cómo tramita la pensión del SOVI?
La solicitud y documentación necesaria deberá presentarse en cualquiera de los centros de atención e información del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o, en el caso de los trabajadores del mar, en las direcciones provinciales o locales del Instituto Social de la Marina (ISM). Estos organismos son los que reconocen el derecho o no a la pensión.
La petición debe ir acompañada de la siguiente documentación:
• Documento Nacional de Identidad del solicitante.
• Tarjeta de Identificación Fiscal del demandante.
• Si se está casado, hay que presentar el Libro de Familia o certificado de matrimonio, así como el DNI del cónyuge y de los familiares mayores de 14 años, que convivan con el solicitante y a su cargo.
• Formulario de petición cumplimentado.
Esta documentación puede presentarse en cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social.
Si se acepta la solicitud, se empieza a cobrar al día siguiente al del cumplimiento de los 65 años de edad, si los papeles se han entregado dentro de los 30 días inmediatamente siguientes a la fecha de dicho cumplimiento. Si se ha presentado una vez que ha pasado el citado plazo, se cobra desde el primer día del mes siguiente a la fecha de solicitud.
En el supuesto de vejez por incapacidad (60 años como mínimo), se hace efectivo desde el primer día del mes siguiente a aquel en que se presente la solicitud, e igual sucede en el caso del SOVI por invalidez.
En el caso de la pensiones de viudedad, se tiene derecho a percibirla desde el día siguiente al que se produzca el fallecimiento, pero se hace efectivo a partir del primer día del mes siguiente, si la petición se entrega dentro del año inmediatamente siguiente a la muerte. Si se presenta con posterioridad, la retroactividad es de un año desde la fecha de la solicitud.
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